Legalización del Título de Nivel Medio

Títulos a partir de 2010 provenientes de escuelas del GCBA y de escuelas de otra jurisdicción: NO necesitan realizar ningún trámite.

Títulos anteriores al 01/01/2010:

  • Si proviene de escuelas pertenecientes al GCBA: NO necesitan realizar ningún trámite.
  • Si proviene de escuelas de otra jurisdicción (no pertenecientes al GCBA): deben estar legalizados por la autoridad educativa jurisdiccional y por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.
  • Instructivo para legalizar

Títulos extranjeros:

Las firmas de todo título extranjero deben estar legalizadas por:

  • Ministerio de Educación del país que lo otorga y Cancillería del mismo

Estas serán apostilladas (certificadas) por:

  • Haya (pueden estar en Francés o Portugués) o Consulado Argentino

En Argentina se presentan en